Esta sentencia tiene su origen en la demanda de DTS, grupo que controlaba Canal+ y que desde su compra por parte de Telefónica es Movistar+. En esta demanda se acusaba a Puerto 80 Projects, la sociedad que controla Rojadirecta, de violar los derechos patrimoniales de propiedad intelectual por difundir las emisiones de estos eventos deportivos, principalmente partidos de fútbol, sin el permiso necesario por parte de DTS, quien había invertido en ellos.
Rojadirecta ha argumentado durante el proceso judicial que su papel era de mero intermediario, y que eran los propios usuarios quienes añadían los enlaces necesarios para ver las emisiones. Este argumento ha sido desestimado por el juez en la medida en que la arquitectura de la web facilitaba la estructuración y organización de los contenidos que daban acceso a dichos enlaces, considerando así a Puerto 80 Projects “cooperador necesario y culpable de la vulneración de derechos de propiedad intelectual”.
Aparte del cierre completo de la web, la sentencia también fija una indemnización al demandante, Movistar+, cuya cuantía todavía no ha sido estipulada. Esta sentencia se une a la victoria de Mediapro en contra de Rojadirecta tras la sentencia del mismo juzgado el pasado mes de noviembre.
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